Artículo 391.
En los casos de los dos artículos anteriores, si el edificio o árbol se cayere, se estará a lo dispuesto en los artículos 1.907 y 1.908.
Código Civil BOE
El artículo 391 del Código Civil español hace referencia a la responsabilidad que surge cuando un edificio o árbol se cae, causando daños a terceros. Este artículo establece que en tales casos, se aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos 1907 y 1908 del mismo Código C,ivil. Es importante entender este artículo para evitar conflictos legales y saber cómo actuar en caso de enfrentarse a una situación similar.
Ejemplos y consejos de interés
Imagina que un árbol situado en tu propiedad cae durante una tormenta y daña el coche de tu vecino. En este caso, según el artículo 391, deberás remitirte a los artículos 1907 y 1908 para determinar quién es responsable por los daños ocasionados al vehículo.
Un consejo útil sería revisar periódicamente el estado de los árboles y edificaciones dentro de tu propiedad para detectar posibles riesgos y tomar medidas preventivas. De esta manera, podrías evitar accidentes y problemas legales derivados de ellos.
Análisis detallado del Artículo 391 del Código Civil
El propósito principal del Artículo 391 es establecer el marco legal aplicable cuando un edificio o árbol se derrumba causando daños a terceros. El artículo no entra en detalles específicos sobre cómo determinar la responsabilidad o qué acciones deben tomarse; simplemente remite al lector a otros dos artículos del Código Civil que tratan el tema de responsabilidad por daños: los artículos 1907 y 1908.
El artículo 1907 establece que el propietario de un edificio es responsable por los daños cau,sados a terceros como resultado de su derrumbe, si éste se debió a falta de mantenimiento o reparaciones necesarias. La misma responsabilidad recae sobre el propietario en caso de desprendimientos parciales del edificio, siempre que los daños sean consecuencia directa de la falta de reparación o mantenimiento.
Por otro lado, el artículo 1908 aborda la responsabilidad en casos donde un árbol cae y causa daño a terceros. Según este artículo, el dueño del árbol será responsable por los daños causados si no tomó las precauciones adecuadas para prevenir la caída del mismo. Esto podría incluir medidas como asegurar que el árbol esté correctamente podado o mantenerlo en buen estado general.
Una característica importante a tener en cuenta es que ambos artículos mencionan específicamente la negligencia como elemento clave para determinar la responsabilidad. Esto significa que si se puede demostrar que un propietario tomó todas las medidas razonables para garantizar la seguridad y estabilidad de su edificio o árbol pero éstos aún así se derrumbaron, es posible que no se le considere responsable por los daños resultantes.
En resumen, el Artículo 391 del Código Civil español sirve como puente hacia otros dos artículos más específicos sobre responsabilidad por daños causados por derrumbes de edificios o, caídas de árboles. Aunque no define directamente las acciones a tomar ni las sanciones aplicables, es un artículo importante porque indica en qué parte del Código Civil se encuentra la información necesaria para lidiar con este tipo de situaciones.






