Artículo 761 del Código Civil

Artículo 761.
Si el excluido de la herencia por incapacidad fuera hijo o descendiente…

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Artículo 761 del Código Civil

Artículo 761.

Si el excluido de la herencia por incapacidad fuera hijo o descendiente del testador y tuviere hijos o descendientes, adquirirán éstos su derecho a la legítima.

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El artículo 761 del Código Civil en España se refiere a la situación de aquellos que han sido excluidos de heredar por incapacidad, pero tienen hijos o descendientes. En estos casos, el derecho a la legítima, es decir, la parte de la herencia que corresponde a l,os herederos forzosos, pasará directamente a los hijos o descendientes de esa persona excluida.

Ejemplos y consejos de interés

Imaginemos un caso en el que una persona fallece dejando tres hijos y ha decidido desheredar a uno de ellos por alguna razón justificada contemplada en la ley. Si ese hijo desheredado tiene dos hijos propios (nietos del testador), entonces estos nietos tendrán derecho a recibir la legítima correspondiente al hijo desheredado.

Otro ejemplo podría ser cuando una persona fallece sin dejar testamento pero tenía un hijo declarado judicialmente incapaz para administrar sus bienes antes de su muerte. En este caso, si ese hijo incapaz tuviera descendientes propios, estos adquirirían la legítima que le correspondería al padre incapacitado.

Es importante tener en cuenta que esta norma busca proteger los intereses económicos y familiares de los descendientes más cercanos del testador. Por ello, si usted desea excluir a algún heredero forzoso por alguna causa justa establecida en la ley, es fundamental contar con asesoramiento legal adecuado para evitar posibles conflictos y garantizar que su voluntad se cumpla de acuerdo con la legislación vigente.

Entendiendo el Artículo 761 del Código Civil en detalle

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El artículo 761 del Código Civil tiene como objetivo proteger los derechos y los intereses de los descendientes más cercanos de una persona fallecida, garantizando que la herencia sea distribuida conforme a la ley y respetando las disposiciones testamentarias del difunto. En este sentido, es necesario entender qué significa ser “excluido por incapacidad” y cómo opera la “legítima” en el sistema legal español.

La incapacidad a que hace referencia esta norma puede ser tanto física como mental, lo cual debe estar debidamente comprobado mediante una declaración judicial. Es importante tener presente que no todas las incapacidades justifican la exclusión de un heredero forzoso; solo aquellas que impiden al individuo administrar adecuadamente sus bienes o cumplir con las obligaciones derivadas de la herencia podrían dar lugar a esta situación.

Por otro lado, la legítima es una institución del Derecho Civil que busca proteger a ciertos familiares directos del testador (cónyuge e hijos) garantizándoles una parte mínima de la herencia, independientemente de lo que disponga el testamento. Esta cantidad varía según el número y calidad de los herederos forzosos, pero en general representa un tercio o dos tercios del patrimonio total del fallecido.

Así pues, lo que establece el artículo 76,1 es que, en caso de que un heredero forzoso sea excluido de la herencia por incapacidad, sus hijos o descendientes adquirirán el derecho a recibir la legítima que le correspondería. De esta manera, se garantiza que los bienes del difunto sean distribuidos de forma justa y equitativa entre sus familiares más próximos.

En resumen, el artículo 761 del Código Civil busca proteger los derechos e intereses económicos y familiares de los descendientes más cercanos al testador cuando éste haya excluido a un heredero forzoso por incapacidad. Así, en lugar de perjudicar a toda la línea familiar debido a una situación específica de incapacidad, permite que la legítima pase directamente a los hijos o descendientes de esa persona excluida, velando por el bienestar y la estabilidad económica de esas generaciones futuras.

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